Antecedentes
La historia nos señala que ya desde antiguo diversos papas han prestado una atención especial al hecho de la aparición de la Cruz en Caravaca, así como a la rápida difusión que tuvo el hecho y al peregrinaje que ha sostenido el santuario de la Vera Cruz a través de la historia.
Ya el papa Clemente VII, el 31 de enero de 1392, promulgó la concesión de indulgencias a quienes visitaran y adoraran la sagrada reliquia en fechas especiales.
Más tarde el papa Clemente XIII hace lo mismo el 19 de febrero de 1768 y el 1 de marzo de 1768, concediendo bulas e indulgencias para los días 3 de Mayo y 14 de septiembre, días en que se festeja especialmente la Santísima Cruz.
Existe un precedente documentado de concesión de Jubileo en el año 1583, en el contexto de las Fiestas Mayores de la ciudad. Además de esto son numerosas las Peregrinaciones oficiales que la Iglesia católica ha concedido a la ciudad de la Cruz, como la de 1907, a nivel nacional, y la de 1944, de índole regional y orientada a la juventud. Cabe resaltar también las dos peregrinaciones nacionales de las Hermandades de la Vera Cruz de toda España, que se dieron cita en el santuario caravaqueño en Septiembre del año 1996 -en el contexto del Año Jubilar-, y también en Octubre de 2000 -en el contexto del Año Santo de La Encarnación de Jesús.
Sin embargo, el primer Año Jubilar como tal ocurrió en 1981, en los primeros años del pontificado de Juan Pablo II
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El segundo Año Jubilar se celebró en 1996, concedido por el mismo papa, otorgando indulgencia plenaria a los peregrinos que cumplieran los requisitos anunciados por la Iglesia para tales ocasiones.
Año Jubilar "in perpetuum"
Hasta el mes de enero de 1998, sólo Roma, Jerusalén, Santiago de Compostela y Potes gozaban del privilegio eclesiástico para celebrar periódicamente años santos o jubilares.
Apartir de esta fecha es también la ciudad de Caravaca quien goza de este extraordinario privilegio.
El día 9 de enero de 1998, la Penitenciaría Apostólica de la Santa Sede, por mandato del Sumo Pontífice, remitió al obispo de Cartagena, D. Javier Azagra Labiano, la concesión para "poder conseguir Indulgencia plenaria con sentimientos de constricción perfecta y bajo las condiciones usuales (confesión sacramental, comunión eucarística y orar por las intenciones del Sumo Pontífice) por los fieles cristianos que participen devotamente en cualquier celebración en el Santuario de la Santísima y Vera Cruz de Caravaca, o por lo menos reciten el Padre Nuestro o el Credo".
Esta concesión se hace para los días 3 de mayo y 14 de septiembre; también y siempre que los fieles peregrinen con devoción al santuario, yendo en grupo; y una vez al año, en el día que elijan los fieles.
Además, se concede Indulgencia plenaria en los días que, cada siete años, se celebre la solemne Apertura y Clausura del Año Jubilar, y en otros días de dicho año en los cuales el obispo presida algún rito solemne.
El acta de concesión termina diciendo: "La presente concesión es válida "in perpetuum". Sin que obste nada en contrario."
Aparte del sentido religioso de auténtica conversión cristiana, único importante y verdadero en un jubileo, es verdad que Caravaca tiene, con esta concesión de la Santa Sede, la oportunidad de proyectarse al mundo en todos los términos, y aprovechar el seguro flujo de visitantes para activar un mayor y deseado desarrollo local y comarcal.
Para conseguir esto se creó rápidamente la sociedad Caravaca Jubilar, S.A. , participada por la Comunidad Autónoma de la región de Murcia, el Excelentísimo Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz y la Real e Ilustre Cofradía de la Santísima y Vera Cruz de Caravaca. Caravaca Jubilar, S.A. tiene como objetivo principal la creación, dotación y gestión de los centros y equipamientos culturales creados sobre la base del proyecto "Caravaca de la Cruz, ciudad santa", así como actividades y aprovechamiento de recursos que consoliden a Caravaca como lugar de peregrinaje y centro cultural de primer orden
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